1‐ Definiciones
Instalación receptora individual. Es un conjunto de cañerías y elementos (llaves, accesorios, etc) instalado entre llaves de paso del cliente -excluida ésta – y las llaves de aparatos – excluidos éstos‐ realizado de acuerdo con lo que dispone el Reglamento de Instaladores de gas en locales destinados a uso domésticos, colectivos o industriales, la instrucción sobre documentación y puesta en servicio de instalaciones receptoras y gases combustibles y el resto de normativa legal aplicable, por personal debidamente cualificado bajo la supervisión de un instalador autorizado.
‐ Adecuación o normas básicas de instalación. Es el conjunto de ventilación y salida de humos (orificios, rejillas, deflectores, campanas, etc) de las que han de disponer los locales que tengan ubicados aparatos de utilización de gas.
‐Instalador autorizado. Persona física con conocimientos técnicos prácticos de tecnología gasista y de calefacción, y que tiene el carnet de instalador autorizado, expedido por la autoridad competente.
2‐ La oferta incluye cuando contrato:
2.1 Instalación radiador mural
‐ Suministro y colocación de aparato.
‐ Instalación de cañería de gas y conexión en la instalación.
‐ 5 metros de instalación.
2.2 Instalación de calefacción total
‐ Instalación del circuito de calefacción
‐Suministro e instalación de una caldera de calefacción y/o de agua sanitaria. (El modelo de caldera será concretado por el instalador en el momento de la instalación, en función de las necesidades técnicas necesarias. El usuario si es necesario deberá de abonar el suplemento establecido.
‐ Suministro e instalación de radiadores de agua.
‐ Suministro e instalación de válvulas, detectores, etc…
‐ Puesta en marcha de la instalación y pruebas de funcionamiento.
‐ Conexión de las instalaciones de agua, de electricidad y de gas.
– No incluye bomba de condensados y/o agujeros en cristales o mármoles.
2.3 Instalación y sustitución de calentadores, cocinas y/o estufas de gas canalizado.
‐Suministro y colocación del aparato.
‐Instalación de cañerías de agua y de gas y conexión de la instalación.
‐Para las cocinas, sustitución del tubo flexible y de las abrazaderas.
‐Pruebas de funcionamiento y puesta en marcha del aparato.
2.4 Ejecución de las instalaciones, de acuerdo con la normativa legal vigente.
2.5 Emisión del correspondiente certificado de la instalación y revisión.
3‐ La oferta no incluye:
‐ La transformación de aparatos, que es objeto de una oferta independiente.
‐ Los permisos necesarios si es necesario para efectuar las instalaciones ofrecidas.
‐ Los cánones, las tasas y los impuestos que puedan corresponder para la realización del trabajo.
‐ La instalación de cañerías empotradas de agua, gas y electricidad.
‐ Las ayudas de albañilería y otros trabajos y suministros no especificados en la presente oferta, debido a la pequeña obra interior necesaria.
‐ El pintado de la cañería y de los accesorios, así como de los radiadores, en el caso de no estar de origen.
‐ Las modificaciones en la instalación comunitaria de gas que eventualmente puedan reclamar la compañía suministradora de gas, los Servicios Territoriales de Industria o cualquier otro organismo competente.
4‐ Instalación de Aire Acondicionado:
4.1 La oferta incluye:
‐ 5 metros de canaleta.
‐ Soporte de los aparatos.
‐ Colocación de los aparatos.
4.2 La oferta no incluye:
‐ Bomba de desagüe.
‐ La realización de cualquier tipo de falso techo.
‐ La instalación de tuberías empotradas de agua, gas y electricidad.
5‐ Garantía
‐ Las instalaciones objetos de este contrato se beneficiarían de una garantía de 12 meses desde la puesta en marcha. La garantía no cubre las averías producidas por trato o uso inadecuado. La garantía de los aparatos será ofertada por el fabricante.
6‐ Reserva de dominio:
‐ La empresa instaladora se reserva el dominio de la instalación hasta el total cobro de la cantidad pactada.
7‐ Permisos y autorizaciones:
‐El cliente ha de solicitar los permisos y las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la instalación.
8‐ Final de ejecución:
‐ El final máximo de ejecución de las instalaciones será de 60 días, a contar desde la fecha en que esté finalizada la instalación comunitaria, excepto por causas de fuerza mayor ajenas a la empresa instaladora.
9 ‐ Pago de los plazos:
‐ El cliente pagará las cantidades pendientes de pago contra la presentación de los recibos o efectos correspondientes.
10‐ Impagados
‐El impago de los plazos consecutivos o alternos, modificará automáticamente la cancelación del crédito y facultará al tenedor a reclamar todos los plazos pendientes, aunque no estén vencidos.
11‐ Jurisdicción:
‐Las partes se someterán a la jurisdicción de los juzgados y tribunales del lugar en el que se efectúe el suministro.
12‐ Anulación del contrato:
‐ La empresa se reserva el derecho de aplicación de costes por anulación del contrato firmado.
13‐ Subvención:
‐Si la oferta de la instalación del gas comprende algún tipo de subvención a la instalación por parte de las empresas del grupo Gas Natural, es condición obligatoria que el cliente obtenga el alta del suministro dentro del periodo establecido por las empresas del grupo Gas Natural. En caso de que esto no suceda el cliente deberá de abonar al contado el importe subvencionado a la empresa instaladora.
14‐ Clausula de Protección de Datos:
‐ De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 1511 1.999 de Protección de datos de carácter personal, sus datos personales recogidos en el presente documento serán incluido en los ficheros de REIKO SA y de Gas Natural con la finalidad de gestionar la prestación de nuestros servicios o contratación a realizar con el contenido señalado en el presente documento. Sus datos podrán ser cedidos a terceras personas y entidades que intervienen en la prestación del servicio en cualquiera de los aspectos técnicos o de suministro detallados en el contenido de los documentos (marca, modelo, técnico): Ustedes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos en nuestras oficinas en la dirección que muestra la cabecera del documento.